martes, 1 de septiembre de 2015

VILLANUEVA DE JILOCA

      VILLANUEVADE JILOCA : 

   (Nota : esta información está sacada de La Instrucción Pública en Aragón s. xix, donde figura toda la información del trabajo)


    Seguimos con los Ripollés cuando pasan a residir en Villanueva de Jiloca, donde van a emparentar con la familia Baranda para iniciar su actividad docente.

   A partir de 1807 desaparecen esos registros de Fabara, hasta 1818, fecha en que no aparece ninguno de estos Ripollés, salvo Francisca Ripollés casada con Manuel Aranda, quien encabeza nueva casa en calle Mayor de Fabara, con un hijo, Francisco. 
   Vuelven a desaparecer estos registros hasta 1825 y 1828, fechas ya avanzadas en que no aparece ningún Ripollés, sea por fallecimiento o por emigración. ¿Es en 1807 cuando emigra Ramón Ripollés Bielsa a Villanueva de Jiloca, acompañando o para unirse, quizás, a su tío cura José Ripolles que bautiza a sus hijos? No hay por el momento otras pruebas que las mostradas, porque los libros de Bautismo de Fabara han desaparecido. A estas pruebas añádanse las que vemos en la partida de nacimiento de 1819 del nacimiento de su hijo Jose-Valero Ripollés Morata, en donde constan expresamente como abuelos Francisco Ripollés y Manuela Bielsa," naturales de Fabara".
   
   En definitiva, Ramón Ripollés Bielsa, natural de Fabara, abuelo del catedrático D. Mariano Ripollés Baranda, aparece en Villanueva de Jiloca hacia 1807 en donde se casa con Brixida Morata, natural de Villanueva de Jiloca. Hijos Francisco-Manuel (1818), José-Valero (1819) y Juana-Manuela (1820), a los que bautiza el cura José Ripollés, que de momento señalamos como tío a la vista de los datos del Libro de Matrículas comentado. 
   Ramón Ripollés lo vemos ocupar el cargo de Escribano en el Ayuntamiento. Aunque el primer documento que encontramos es éste algo lejano de 1843:
   
  "Ramón Ripollés, Escribano del Ayuntamiento Constitucional del lugar de Villanueva de Jiloca.
Certifico: que en cumplimiento de lo mandado en el Boletín Oficial para que todos los maestros de primeras letras se subscriban al Boletín de Instrucción Pública, el profesor de esta clase, de este pueblo, se presentó en la Administración de Correos de este partido y no hizo la subscripción por resultar aun el precio de treinta reales de vellón, pero se debe de tener en el número de los subscriptores de dicho Boletín, pues lo verificará en el momento en que se comunique a dicha Administración el coste de los veinte y cuatro reales de vellón.
Y para que conste y en cumplimiento de lo mandado doy el presente que firmo en el referido lugar de Villanueva de Jiloca a veinte y nueve de Deciembre de mil ochocientos cuarenta y tres.
   Firma y rúbrica de Ramón Ripollés, escribano."

   Tenemos otro documento en donde Ramón Ripollés figura como escribano, dando cuenta de los exámenes del primer trimestre de 1844 :

   "Comisión Local de Instrucción Primaria del lugar de Villanueva de Jiloca a la Excma. Comisión Superior de Instrucción Primaria de esta Provincia. En el día 22 de los corrientes a las dos de la tarde, tuvieron lugar los exámenes públicos en la iglesia parroquial de esta vecindad de los niños que asisten a la escuela elemental de este pueblo, a cuyo acto asistió la mayor parte del vecindario; y estando la Comisión reunida en unión con el Ayuntamiento, colocados todos en sus respectivos sitios dió principio el examen por un niño de la primera clase, el cual recitó un discurso en verso compuesto por su maestro, en el que con la mayor claridad manifestó las diferentes materias en que había de versar el examen y que abraza una escuela elemental; enseguida otro niño también de la primera clase pronunció otro discurso que duró cuarto y medio de hora, titulado Convite a las criaturas para buscar a Dios en las obras de la naturaleza, el cual llenó de admiración y asombro a todos los concurrentes por la claridad y desenvoltura con que lo pronunció; dos niños de la cuarta clase explicaron la introducción a la doctrina cristiana, los que por su tierna edad causaron admiración a los oyentes; a seguida otro niño agració el acto con una fábula muy jocosa; acto continuo otros niños de todas las clases y con el mayor orden fueron explicando el Padre Nuestro y Avemaria por el diálogo aprobado por el Diocesano, los Diez mandamientos del decálogo por el Fleuri (Claudio Fleury, abate francés del s. XVIII), interpolando entre ellos lecciones de Urbanidad, explicando la Ortografía, Calografía (sic.), Geografía y Aritmética, y finadas estas operaciones un niño explicó la utilidad sobre los cinco sentidos del hombre y después de haber destribuído Carteles de varios números con algunos planes de Aritmética que comprendían las cuatro reglas y la de compañías, leyeron todos indistintamente delante de esta Comisión, y últimamente un niño en nombre de todos y en el de su maestro, que lo es D. Luis Catalán, pidió perdón de sus defectos, prometiendo mayor aprovechamiento en el examen siguiente.
   Fue tanto el aplauso que se notó en todo el concurso que no se puede explicar y en recompensa y para mayor estímulo de los niños el señor D. Pascual Abad, individuo de esta Comisión local gratificó a los niños con unos reales. Al maestro no ha podido dársele otra retribución que el afecto que han manifestado estos habitantes.
   Lo que se pone en conocimiento de esa Comisión Superior para su satisfacción y si tiene a bien mandar se inserte en el Boletín Oficial de la Provincia para el mayor estímulo de los profesores.
   Dios que a V.I guarde muchos años. Villanueva de Jiloca, 25 de Diciembre de 1844.
Firmas y rúbricas de el Presidente, Juan Martín Malo, Miguel Mainar, regente, Pascual Abad, Manuel Sancho.
Por mandado del Sr. Joaquín Peligero, regidor e individuo de la Comisión que no sabe firmar, Ramón Ripollés, escribano."

   La primeras noticias sobre enseñanza de Villanueva de Jiloca que nos aporta la documentación del Archivo de la Diputación Provincial de Zaragoza (ADPZ ), donde se guarda la documentación de Instrucción Primaria del s. XIX, y de donde sacamos la mayoría de las noticias que exponemos, es referente a una Estadística de 1801 ordenada por Don Blás Ramírez, Intendente General y por la cual sabemos que en esa fecha en Villanueva de Jiloca hay "una escuela de primeras letras al cargo de un maestro pagado de los Propios", es decir, pagado con fondos del presupuesto municipal. 
   También un certificado sobre esta cuestión que emite el Escribano del Ayuntamiento de Villanueva de Jiloca, Manuel Valenzuela, (Legajo XI 610 - siglo XVIII. ADPZ) :


   De 1821 tenemos otra certificación de Esteban Maynar, Secretario del Ayuntamiento, (Legajo XI 613 - Años 1804, 1814-17, 1820 y 1821), que dice  : "Esteban Maynar, Secretario del Ayuntamiento del lugar de Villanueva de Xiloca, Certifico, que en este pueblo hay un maestro de primeras letras, dotado por el Supremo Consejo en mil nuebe cientos cincuenta y siete reales de vellón anuales, pagados de los Propios del Común, cuyo pago va corriente, y en el único establecimiento de primero y segundo orden y demás que espresa la orden comunicada por el Señor Jefe Político de la Provincia.
   Y para que conste doy el presente en Villanueva de Xiloca a 28 de febrero de 1821."
(Firma y rúbrica del Escribano Esteban Maynar) 
   
   Más noticias tenemos en 1847, en estadística cumplimentando la circular 432 comunicada en el Boletín nº 84 de 13 de julio de 1846, según la cual sabemos que la escuela está en la Casa del Ayuntamiento, que el método de enseñanza es el de Iturgaeta y Vallejo, en cuanto al adelantamiento de los niños se contesta "los que son susceptibles", que al maestro se le pagan 1.600 reales de vellón anuales. Firman el Presidente de la Comisión local de Instrucción Primaria Pascual Abad, el regente Juan Morata, el vocal regidor Agustin Alayre, vocal Miguel Pasamon y vocal "Manuel" (ilegible) Sancho.
    En la Estadística de 1848, se dice que el maestro es Luis Catalán con "título antiguo para maestro de 1as. letras" desde enero de 1839, que percibe 1.600 reales de vellón y que a la escuela concurren 24 niños y ninguna niña (se supone por no haber escuela de Niñas) (Legajo XI 630 - Año 1848. ADPZ)
   El maestro Luis Catalán fallece en 1848 y sus haberes del cuarto trimestre los percibe su viuda "que no sabe firmar" y en su lugar firma un tal Gaspar Alcutén. Es entonces cuando Ramón Ripollés ocupa el puesto de "maestro interino", relevándole en el puesto de Secretario del Ayuntamiento D. Manuel Fondevilla. Posteriormente el maestro y el secretario intercambian sus puestos, ocurriendo unos incidentes entre la comunidad de Villanueva de Jiloca y el maestro Manuel Fondevilla que analizamos a continuación.

   Tenemos el recibí de salario del maestro Manuel Soldevilla, del cuarto trimestre de 1849 (Legajo XI 636 - Año 1850. ADPZ) :


   
   Y el 13 de Noviembre de 1850 tenemos otro recibí que supone una novedad, pues por lo general van referidos a la percepción de salario, éste no, puesto que la cantidad recibida, 40 reales de vellón, se destina a mejoras de la escuela ( Legajo XI 637 - Año 1850. ADPZ) : "He recibido del Ayuntamiento de este pueblo la cantidad de cuarenta reales de vellón que como maestro de la escuela elemental del mismo he invertido en la recomposición y blanqueo de la misma. Y para que conste firmo el presente en Villanueva de Jiloca, a 13 de Noviembre 1850."
 (Firma y rúbrica de Manuel Soldevilla)

   Por lo general, los incidentes observados en las escuelas rurales de esta época tienen que ver, en el caso de los maestros, con la falta de dedicación o capacitación profesional por parte de los mismos y con el incumplimiento del pago salarial por parte de los ayuntamientos. Vemos que la profesión de maestros es una herencia vocacional familiar en bastantes casos, lo cual explica, como en este caso y otros más que veremos, el amparo familiar en caso de conflicto.
  Lo novedoso en este conflicto es que padre e hijo quieren intercambiar sus destinos de manera momentánea para la ejecución de un servicio temporal. Reclamación de salario, quejas hacia el maestro e intercambio de destino, toda esto lo tenemos en la documentación del Legajo XI 635 - Año 1850 del Archivo de la Diputación Provincial de Zaragoza  (ADPZ) y que ordenaremos por fechas para su mejor seguimiento. 

   En Agosto de 1850 hay una denuncia de los padres de los alumnos con relación a la enseñanza del maestro, según certificación que hace el "Secretario interino" Ramón Ripollés con el Visto Bueno del alcalde Manuel Sancho. Se dice que "... reunidos en la Sala del Ayuntamiento ... con referencia a diferentes quejas que algunos individuos de la Comisión Local, padres y tutores de los alumnos ... por no cumplir con su deber el maestro que la dirige D. Manuel Fondevilla ... que se proceda a la formación del oportuno expediente ... remitiendo el original al Sr. Gobernador Presidente de la Comisión Superior de Instrucción Primaria de la Provincia, para que de acuerdo con la misma si ha lugar se digne acordar la separación del indicado D. Manuel Fondevilla del magisterio de instrucción primaria de esta población". Firmas del alcalde Manuel Sancho, el teniente de alcalde D. Custodio Pasamón, el regidor primero Tomás García, el síndico Domingo Abad, y por Manuel Lavilla y Gregorio Blasco, regidores, "que no saben firmar", Ramón Ripollés, Secretario interino.

El 4 de Agosto el alcalde remite otro escrito en el cual señala que por acuerdo del Ayuntamiento " ...fueron interrogados el Regente D. Juan Morata la Cura y los vecinos Miguel Sancho, Miguel Pasamar y Francisco Calvo, los que contestaron que los niños puestos al cuidado del maestro no adelantan nada, lo que obliga a buscar otro que los instruya, que deja a los niños solos en la escuela en algunas ocasiones, que no asiste con los niños a las funciones religiosas según ha sido siempre costumbre y que la enseñanza está enteramente abandonada con especialidad la de Doctrina Cristiana, ocupándose el maestro durante su permanencia en la escuela en leer los periódicos sin que hayan bastado las diferentes correcciones que se han hecho al maestro para conseguir enmienda."
   
   El 6 de agosto de 1850 tenemos este escrito del maestro Manuel Soldevilla al Sr. Gobernador de la Provincia de Zaragoza y Presidente de la Comisión Superior de Instrucción Primaria, intercalando literalmente la carta que dirigió el 4 de julio a la Comisión Local de Instrucción Primaria de Villanueva de Jiloca aconsejando mejoras en la escuela :
    " Impelidos por espíritu de venganza el Sr. Manuel Sancho, alcalde constitucional de este pueblo, Domingo Abad, síndico y el Sr. Regente de la parroquia del mismo fray Juan Morata contra el que suscribe ... sin motivo real y sí quimérico ... sobornando a los padres de mis discípulos ... ninguna persona ha expuesto la menor queja ... el que en la actualidad es síndico y el año pasado fue alcalde ha manifestado que el mismo a quien hoy hace guerra mortal y delata, cumplía exactamente con sus obligaciones y que él y todos los que intervinieron en elegirme en el año 1849 para maestro y Secretario de este pueblo, habían tenido el mejor acierto en la elección. Estas anomalía, Excmo. Sr., no tienen otro origen que el de haber manifestado el que suscribe a V.E. se le adeudaba por su honorario de Secretario del Ayuntamiento 268 reales de vellón, de cuya cantidad se está reteniendo el citado síndico la mayor parte, despreciando la providencia que S.E. dictó en mayo último.
   Respecto al Sr. alcalde actual, diré que es arcano (misterioso, incomprensible, dicc. María Moliner) muy misterioso, el que las mismas observaciones que hoy manifiesta sobre mi conducta no le hayan ocurrido mientras ha sido Secretario del Ayuntamiento a quien preside. 
   Referente al Sr. regente fray Juan Morata puedo decir que apercibido éste por el Sr. Alcalde y síndico citados, al leer la comunicación siguiente de ninguna estación más a propósito para la reparación de la escuela de este pueblo que la presente por ser época en que dejan de asistir a ella los niños y porque toda obra y blanqueo en la misma practicada podría enjugarse (secar, quitar la humedad, dicc. María Moliner) con oportunidad y no debería temerse el que su humedad consiguiente por algunos días influyera desgraciadamente en la salubridad de los alumnos.
   Este local es imprescindible se destine únicamente para escuela ... convendría que en la misma escuela hubiera un reloj, su crucifijo y busto de la Reina  su Señoría (que Dios guarde)... una colección de carteles de lectura según el método racional, un cuadro blanco de honor para inscribir en él los nombres de los discípulos más aplicados, otro negro para inscribir en él igualmente los nombres de los niños indóciles y desaplicados, un tablero contador para los principiantes en la aritmética, otro tablero o encerado de dobles dimensiones que el que yace en la escuela, para las lecciones prácticas de Ortografía, Aritmética y Caligrafía, uno más pequeño para cada sección de Aritmética, dos cuerpos de carpintería y algunos adornos que el Ayuntamiento de consuno (de acuerdo, dicc. María Moliner) con la Comisión Local crean convenientes para completar el menage necesario... cambiando los métodos aboliendo el sistema pristino (original, primigenio...id.) individual y estableciendo el simultáneo. Dios Guarde. 4 de Julio de 1850. / Manuel Fondevilla. / Sres. del Ayuntamiento y Comisión Local de Instrucción Primaria de Villanueva de Jiloca / Aconsejó al Ayuntamiento que el modo de fastidiar al que tal comunicación dirigía, era rebajarle la dotación de maestro dejándola en 1.100 reales de vellón y que lo demás de ella lo exigiera a palos de los discípulos. Consejo tan brusco no debe mirarse con indiferencia no solamente por lo que es en su esencia, sino por la desfachatez con que el mencionado fray Juan induce a una Corporación a violar el artículo 9 de la Real Orden de 1839. Para hacer ver al Ayuntamiento la eficacia de la órdenes de S.M (Que Dios guarde) sería bueno que S.E. en obsequio de la razón y justicia imperase (mandar... id.) al mismo para que satisfaciese al profesor de instrucción primaria de este pueblo la cantidad de 1.900 reales de vellón que poco más o menos era lo consignado al magisterio y que contra la Real Orden citada rebajaron la dotación del maestro dejándola el Ayuntamiento en 1.600.
   Convencidos de la eficacia de sus proyectos me ha mandado hoy una embajada el Sr. Alcalde, invitándome a que haga dimisión del magisterio de este pueblo antes que de él sea lanzado (despojar a alguien de un derecho,.. id.) haciéndole víctima de sus maquinaciones.
   Tal es la convicción Excmo. Sr. en que los ya dichos tres actores yacen (forma irregular de hacer, estar o participar de... id.) de que S.E. sea alucinado (impresionado... id.) por sus arterías y decepciones. Pero en esta hipótesis, ¡ qué situación más triste y precaria que la del profesorado de instrucción primaria ¡
   No dudo Excmo. Sr. que lejos de secundar las ideas de los que sin razón intentan zaherir mi decoro, verán en S.E. el sostén del que observa escrupulosamente sus deberes religiosos, sociales e individuales. Así lo espera de la rectitud de S.E. 
   Dios que a S.E. Guarde Muchos Años. Villanueva de Jiloca, 6 de Agosto de 1850.
   Firma y rúbrica de Manuel Soldevilla )

   En el Dictamen correspondiente de Instrucción Pública, deja la resolución para la próxima visita del inspector de escuelas, si bien dice que no hay razón para despachar al maestro, se provea del material escolar necesario a la escuela, y " ... se prevenga al maestro asista con puntualidad y sin separarse de la escuela en las horas de clase y concurra con los niños en los dias festivos a la misa conventual y rosario según costumbre teniéndose presente por el inspector de la provincia lo alegado por unos y otros para que proponga lo que convenga después de visitadas aquellas escuelas y tomados informes imparciales."
   El 9 de octubre se mandan sendos oficios al Ayuntamiento y al Sr. maestro.
  Y el 9 de Diciembre, el maestro vuelve a escribir otra extensa carta a la Comisión Superior de Instrucción Primaria de Zaragoza alegando que en virtud del oficio que mandó el inspector de escuelas, acudieron a la escuela el Sr. alcalde, el regidor 1º, el síndico provincial, el Secretario del Ayuntamiento y el Sr. regente de la parroquia, " ... no con el fin de cumplir lo en aquel preceptuado, si es con este pretexto incomodar al maestro con palabras injuriosas en pique y venganza de causas extrañas ... faltando a la verdad ... que hasta que se lanzase al maestro del pueblo no se había de parar ... Don Pascual Abad, individuo de la misma Comisión Local, negándose a firmar el informe ... porque la comisión Superior no creería con facilidad cuanto ellos quisieron decir y mucho menos porque conocía se obraba con espíritu de venganza ...
    Que si el Ayuntamiento y demás obraban así en beneficio de la Instrucción primaria como habrán manifestado a S.E., durante las horas de clase en el local destinado para escuela no se celebraría sesiones, ni administraría Justicia y menos lo destinaría para depósito de mujeres arrestadas"...

  Con fecha 16 de Enero de 1851 se une al expediente de Instrucción Pública este escrito.

   El 28 de febrero el maestro vuelve a escribir a la Comisión Superior de Instrucción Primaria diciendo que debido al atraso de los salarios " ... se encuentra acosado por la más completa lacería (dolor, desgracia, dicc. María Moliner) hasta que alguna mano benéfica socorre las primeras necesidades del que suscribe, y que no se diga, Ilmo. Sr., que esta tardanza es motivada por carecer de fondos municipales (pues los hay suficientes) y sólo se funda en el placer que al Sr. Alcalde este pueblo le inspira saber la indigencia en que yace el exponente, puesto que en algunas ocasiones y cuando el mandatario de una de las fincas de propios (de quien se acostumbra a cobrar) está dispuesto para entregar alguna cantidad al recurrente a cuenta de su dotación, el mismo Sr. Alcalde se lo impide..."

   El día 7 de marzo, el Secretario de Instrucción Pública ordena que el Ayuntamiento remita en un plazo de ocho días los recibos en prueba del pago del salario al maestro.

   El 14 de marzo se remiten oficios al Ayuntamiento y al Sr. maestro notificando esta decisión. Y el día 26 el alcalde remite recibí de pago al maestro hasta el 31 de Diciembre último.

   A todos estos problemas, se va a añadir uno más, cual es la petición de permuta de puesto de trabajo entre el maestro y su padre, Claudio Soldevilla, a la sazón maestro en Luco de Jiloca, pero ya en la provincia de Teruel.
   Claudio Soldevilla escribe una larga carta al Sr. Gobernador de la Provincia de Zaragoza : "Que hallándose esta Junta Pericial entendiendo con premura y urgencia en los trabajos estadísticos de la riqueza territorial, acordaron los Sres Alcalde, Ayuntamiento y mayores contribuyentes ... han pedido que su hijo D. Manuel como práctico en la materia permanente en este de Luco para auxiliarles en algunas de sus operaciones por espacio de diez o doce días ... respecto al apuro en que se encuentran de que el Sr. Administrador de Contribuciones Directas de la Provincia, en carta muy atenta que les había dirigido, hacía presente que pasados ochos días sin presentar en aquella capital los amillaramientos y demás documentos, se vería precisado a pedir al Sr. Gobernador de la misma la multa y apremios de Comisionado. Para salir de este apuro se acordó que el exponente pasase inmediatamente a dicho Villanueva con el objeto de regentar en el entretanto la escuela de Niños para que el Ayuntamiento no tuviese la menor queja. Efectivamente así lo ha verificado en el día de la fecha, pues habiendo llegado a las ocho y media de la mañana, ha prestado la enseñanza hasta las once y media de la misma, encontrando a los niños aún los más chiquitos en buena disposición, aunque echando (de) menos en el local algunos enseres necesarios, tal como una lámina de N.S. Jesucristo para hacer las oraciones de costumbre como V.S. tiene mandado. Pero habiendo llegado por la tarde a continuar su ministerio ha quedado muy sorprendido al ser llamado a la Sala Consistorial donde los Señores del Ayuntamiento y Secretario estaban reunidos mediando por parte de estos un interrogatorio desagradable con el suplicante, pues preguntado por el Sr. Alcalde con qué facultades se presentaba a prestar la enseñanza, le ha respondido que por ser un maestro titular, lo primero, y lo segundo con la de suplir por su hijo, en la suposición de que nadie puede  "ofrecetexie o ofrentexie " (vocablo de dífícil lectura, puede ser forma errónea o anticuada del verbo aragonés ofrescer, Dicc. Aragonés de R. Andolz))  de unos títulos tan respetables como los de un padre llevar los deberes contraídos por un hijo ausente que sólo faltaba del pueblo en el día anterior y además que mediaba una orden del Sr. Alcalde de Luco, pero procediendo el de Villanueva a cargos más fuertes y severos en razón a darse por resentido de haberse ausentado el dicho Manuel sin permiso suyo, cuando anteriormente se lo había dado, dejando también suplente. Continuó el interrogatorio más fuerte y destemplado en el que por último le suplicó el exponente con toda urbanidad que prescindiendo de las desavenencias que quisiese con el hijo concediese generosamente a el padre el favor de ocupar su lugar por tan pocos días y ocasión tan "certica" (de leerse así puede ser diminutivo del adverbio aragonés certa :  cierto, verídico, dicc. id.), pero ha resultado la más firme negativa y aún diciendo el Secretario que una gracia tal que fuese pedida por un juez de 1ª Instancia y un Capitán General, sería siempre desatendida y negada. Continuando el acto sobre el propio objeto, el exponente ha tenido el desconsuelo de oir ser tratado su querido hijo por la municipalidad con los colores más odiosos y degradantes como un sujeto que no lleva sus deberes sin ninguna conducta moral y religiosa, y bajo otros conotados más odiosos, manifestándole el Ayuntamiento un odio mortal, una persecución sin treguas que nadie la calma, unas mortificaciones y desconsoladoras, pues a la par que este joven en cuestión vive atento y retirado de que es testigo el país como de público y notorio, al suplicante no se le oculta que a medida que V.S. le está protegiendo como aparece de la copia de la comunicación adjunta, el Ayuntamiento de Villanueva enfurecido como en otro tiempo lo estuvieron los Decios y Maximinos que los fastos de la Historia nombran con los títulos de perseguidores, trate de hacer de un buen profesor, una víctima, un mártir. Mas ingresando otra vez en el asunto de que este escrito es el objeto, viendo el firmante por último no poder conseguir nada de dichos señores de Ayuntamiento ni arrancarle una sola expresión de benevolencia, que le ha privado de regentar la escuela, y que en su lugar trataba de nombrar otra persona, después de referir este suceso a un respetable individuo de la Comisión Local que ha quedado atónito de un proceder tan intempestivo, ha regresado a su casa al anochecer con el dolor y sentimiento que V.S. puede inferir, el cual se le ha renovado y aumentado en razón a hallarse su hijo con los dos oficios adjuntos que por propio ha remitido dicho Sr. Alcalde de Villanueva para su notificación al hijo por los que V.S. conocerá que este escrito nada tiene de exagerado por aparecer de la redacción de uno de ellos hecha por el Secretario, firmado por el Sr.  Alcalde y consentido por el Ayuntamiento su declarada arbitrariedad, el tono legislativo y soberano que no les compete, su falta de criterio y madurez y la infracción de la legislación vigente, con las demás calificaciones que V.S. penetrada con su sabiduría, dando un paso tan precipitado como el de lanzar por horas del magisterio a un hijo, porque el padre ha ido a representarle y regentar una escuela sometida a su cargo, y por tanto, 
   A V.S. rendidamente suplica se sirva tomar las disposiciones que crea más justas ... tomando si gusta los informes necesarios de personas respetables y atentas de los pueblos de esta Ribera como son Báguena, Burbáguena y de este de Luco sobre la conducta y moralidad del expresado maestro, pues así lo espera conseguir de su acreditada justificación de V.S. Luco de Jiloca 26 de marzo de 1851.
  Firma y rúbrica de Claudio Soldevilla ) "

   Y el 5 de Abril de 1851, el hijo Manuel Soldevilla escribe una carta a la Comisión superior de Instrucción Primaria de Zaragoza. Que hace 19 o 20 días recibió hasta tres cartas del Ayuntamiento de Luco de Jiloca encargándole hacer las estadísticas del pueblo ofreciéndole más de lo que cobra como maestro en Villanueva de Jiloca en todo el año. "En consecuencia pidió por favor al Secretario del de este pueblo y maestro aprobado le supliese la escuela por seis u ocho días ... el Sr.  Alcalde no tuvo inconveniente ... el Sr. Alcalde se retractó sin que mediase motivo alguno para tal anomalía".  Ante la negativa  el Ayuntamiento de Luco le propuso hacerlo entonces en días de fiesta y vacaciones dejando a los niños a cargo de una persona y del alumno mayor. Por todo ello el alcalde le multa con 26 reales de vellón, advirtiéndole que "el criado que sirve a un amo no hace nada sin su permiso".
   "A V.S. suplica procure inquirir de parte de quien está la razón puesto que puede conseguirlo por conducto de las personas más respetables de este pueblo como son D. Carmelo Castillo, regente de esta parroquia y director de una de las escuelas más acreditadas de esa capital, D. Pascual Abad, individuo de la Comisión Local  y D. Valentín Navarro, cuyos tres sujetos son los únicos que hay en el pueblo ilustrados e imparciales y concienzudos, y en su vista castigar sin indulgencia si resultan caídos por ello o en caso contrario poner dique y evitar la persecución que sin tregua ni descanso está sufriendo el profesor de Instrucción Primaria que implora la autoridad de V.S. 
   Así lo espera conseguir, en Villanueva de Jiloca a cinco de Abril de mil ochocientos cincuenta y uno."
  Firma y rúbrica de Manuel Soldevilla )

  Estos escritos llegan a Instrucción Pública de Zaragoza, que en una "Declaración Indagatoria" del expediente correspondiente, recoge todas estas opiniones con relación al maestro, añadiendo además del maestro y los niños "que durante su ausencia no se empleaban mas que en jugar, correr y reñir como es propiedad de niños. Que también han visto que y es público y notorio que la mayor parte de los días festivos no acude como es regular a su estado y ha sido costumbre a las vísperas y rosario, no llevando en ninguno de ellos como es costumbre inmemorial los niños de la escuela a la misa conventual con regla ni orden, como así mismo a las procesiones públicas, rogativas y rosarios ... Que viendo el poco adelantamiento de los niños, no asisten en el día a la escuela ni una tercera parte ... también es digno de decir por parte del Sr. Regente que si en los partes trimestrales del estado de la enseñanza dados en el presente año aparece su firma, ha debido de ser suplantada."

   Pero en 1854 nos aparece ocupando el puesto de maestro Juan- Miguel Cruz, según comunicado del alcalde al Presidente de la Comisión Superior de Instrucción Primaria de Zaragoza, "... propuesto por V.E. en 28 de Mayo último". Tenemos el recibí del último trimestre de 1854 (Legajo XI 646 - Año 1854) :


    En él vemos que se le pagan 550 reales de vellón por maestro y Secretario del Ayuntamiento, y 80 reales de vellón para el menaje de la escuela.

   Del 16 de Abril de 1855, tenemos este otro recibí del maestro Juan-Miguel Cruz (Legajo XI 648 - Año 1854) : " He recibido del Depositario de propios de este pueblo Ramón Peligero quinientos setenta reales vellón pertenecientes al primer trimestre de mi dotación de Maestro de instrucción primaria, Secretario de Ayuntamiento y menaje para la escuela. Y para que conste libro el presente que firmo en Villanueva de Giloca a 16 de Abril de 1855. 
   Son 570 reales de vellón"
  (Firma y rúbrica de Juan Cruz)
  

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